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¿Puede contratar Internet una comunidad para todos los vecinos?

¿Puede contratar Internet una comunidad para todos los vecinos?

Una pregunta que se hacen muchos usuarios con frecuencia es si es legal compartir una conexión a Internet con los vecinos. Este tipo de actividades no exponen a todo tipo de riesgos, ya que nuestros dispositivos están dentro de una misma red local y podemos ser hackeados sin problema. Sin embargo, hay otras opciones para compartir gastos de Internet con los vecinos.

Así lo ha publicado la CNMC tras haber recibido una pregunta sobre si el marco regulatorio actual de telecomunicaciones permite la prestación de un servicio de acceso a Internet y Telefonía IP a una comunidad de vecinos, y además si el propio operador debe realizar algún proyecto o cumplir algún tipo de requisito.

El operador que plantea la pregunta lo hace porque plantea ofrecer un servicio para dotar a cada comunidad de vecinos de una infraestructura común para tener un acceso a Internet compartido y seguro, y que además sea de bajo coste para los usuarios. Para ello, cada vecino debe disponer de un encaminador WiFi independiente y un balanceador único para cada vecino.

Un operador puede dar Internet a toda una comunidad

Esa red de acceso ha de contar con varios switchesconmutadores de distribución y cortafuegos, que serán propiedad de la comunidad de vecinos. La CNMC ha creado un esquema de cómo debería realizarse la instalación correcta en el RITI del edificio.

La normativa actual establece que un único operador puede ofrecer este servicio a una comunidad entera de vecinos, siempre que esté inscrito en el Registro de Operadores. Además, han de conservarse los datos de los abonados, distinguiendo las comunicaciones que establezca cada uno.

Otro detalle a tener en cuenta es que la adaptación del RITI no entorpezca ni limite el acceso de otros operadores para ofrecer sus servicios a usuarios finales. Además, cada vecino ha de poder tener la libertad de cambiar de operador en el caso de quererlo, sin que la restricción del contrato suponga un perjuicio al resto de propietarios del edificio.

En definitiva, en palabras de la CNMC, las ofertas comerciales de productos específicos para comunidades de vecinos han de ajustarse a la normativa de telecomunicaciones del sector. Además, es importante que no se restrinja el derecho de los usuarios finales a cambiar de operador o el acceso de otros operadores en las edificaciones.

Compartir WiFi con tus vecinos es legal

Esta opción de que un operador dé Internet a toda una comunidad es una alternativa a compartir WiFi en edificios. Esta práctica es cada vez más común si se tiene confianza con los vecinos, ya que con una conexión de fibra óptica hay velocidad más que suficiente para dos o incluso más hogares que no hagan un consumo excesivo de tráfico.

Esta práctica, que puede hacerse mediante WiFi o con un PLC, es legal y no requiere que los vecinos se inscriban como operadores porque no están prestando un servicio de Internet ni tienen ánimo de lucro.

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