La DGT no podrá imponer una edad máxima para conducir
Los mayores de la Unión Europea no podrán ser discriminados por edad a la hora de renovar el carnet. Así lo estipula una nueva norma comunitaria, aprobada en octubre de 2025, tras varios años de trámite parlamentario.
El texto aprobado, la Directiva 2025/2205, estipula que estas medidas deberán tomarse de forma individual y no podrán «dar lugar a discriminación, en particular por razón de edad». Además, reconoce explícitamente que, para las personas mayores, el transporte individual es un elemento crucial para su autonomía.
Por otra parte, aunque no exista una edad máxima para conducir, la directiva sí que marca los 65 años como un umbral administrativo clave. Mientras que la vigencia general de los carnets de coche y moto (categorías A y B) se establece en 15 años, la normativa faculta a los Estados miembros a reducir este periodo para quienes hayan superado esa edad, con la posibilidad de «exigir que los reconocimientos médicos, las autoevaluaciones u otras medidas específicas se lleven a cabo con más frecuencia».
Finalmente, cabe señalar que otra de las novedades más relevantes de la directiva es la flexibilidad que otorga a los países para evaluar. La norma no impone obligatoriamente el tradicional reconocimiento médico en cada renovación. En su lugar, permite a los Estados sustituirlo por una «autoevaluación»: un formulario rellenado por el propio conductor sobre su estado de salud.

