El prefijo 400 identificará obligatoriamente las llamadas comerciales desde el 17 de octubre
De conformidad con lo establecido en la nueva la Ley de Servicios de Atención a la Clientela (SAC), desde el 17 de octubre las llamadas comerciales deberán realizarse a través de un número que comience con el código 400, sin que puedan utilizarse otros rangos de numeración. Así, con esta nueva medida los consumidores podrán conocer de antemano que la llamada que están recibiendo es de carácter comercial.
El nuevo sistema busca facilitar la identificación de este tipo de llamadas y diferenciarlas de aquellas que tienen como finalidad atender al cliente, gestionar una incidencia, tramitar una reclamación o realizar otras actuaciones relacionadas con un contrato. Los números que comiencen por 400 tendrán nueve cifras y se utilizarán únicamente para realizar llamadas comerciales salientes. No podrán emplearse para recibir llamadas de los consumidores ni para prestar servicios de atención a la clientela.
Por otro lado, para los servicios de atención a la clientela se podrán utilizar los números gratuitos 800 y 900, números geográficos de tarifa estándar y determinados números cortos específicamente atribuidos a los operadores destinados a sus clientes, estando prohibida la utilización de numeración móvil. Estos números si podrán utilizarse para recibir las llamadas de los usuarios.

