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Barra libre de demandas colectivas en la UE: tarifas móviles, videojuegos, la luz…

Una compañía telefónica anuncia una tarifa móvil con un precio «de por vida» y a los dos meses la sube 0,75 céntimos. «¿Cómo es posible? ¿Por qué me habéis mentido? ¿Esto no es denunciable?», llegas a preguntarle al teleoperador de turno. Es una cuestión retórica: por mucho que uno insista, cuando una compañía modifica una cantidad tan levemente, la mayoría de los consumidores desiste de iniciar cualquier acción contra ella, porque de por sí el coste de una demanda supera con creces el beneficio potencial obtenido. Por eso, muchas de estas situaciones aparentemente inofensivas -pero que se pueden traducir en miles o millones de euros al año de beneficio- terminan cayendo en saco roto.

Desde la semana pasada, los consumidores de los países miembros de la UE están de enhorabuena, después de la aprobación de la directiva europea sobre las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores. Es decir, las demandas colectivas. Una normativa que trata de unificar criterios de actuación y que previsiblemente supondrá una barra libre en los próximos años, especialmente en sectores como las tarifas móviles, el hardware electrónico -como el caso de las consolas y los videojuegos- o las tarifas de consumos básicos como la luz, el agua, el gas…

Y, aunque los Estados de la UE tienen hasta el 25 de diciembre de 2022 para transponer esta directiva a sus respectivos ordenamientos jurídicos, sus efectos ya empiezan a notarse. Por ejemplo, esta misma semana, nueve asociaciones de consumidores europeas presentaban una insólita petición: que todos los clientes afectados por los fallos de un mando de la Switch interpongan una demanda a Nintendo, el primer paso para realizar una acción colectiva transnacional sin precedentes. Pero, como aún no se ha aprobado la directiva en los países, primero agotarán la vía diplomática, reuniendo todas las quejas posibles para poder llevarlas ante un comité de la UE.

Una solución que podría darse más a menudo de lo que pensamos en los próximos años. Tal y como explican desde AGM Abogados, la nueva directiva europea «tiene su fundamento en la necesidad de establecer mecanismos procesales para la protección colectiva de los consumidores, con la finalidad de evitar que estos se vean obligados a tener que aventurarse a un costoso y farragoso procedimiento judicial en la defensa de sus intereses individuales como consumidor, frente a una práctica abusiva o ilícita de una determinada empresa; con el importante condicionante que esa práctica puede resultar abusiva o ilícita pero su cuestionamiento judicial por un solo consumidor puede resultarle a este antieconómico por la cuantía del perjuicio».

Y citan el supuesto de la empresa de telefonía que ofrece a sus clientes una tarifa congelada «de por vida», solicitando a cambio una permanencia de dos años: convence a miles de consumidores en toda Europa para que cambien de proveedor pero, al cabo de dos meses, eleva el importe de esa tarifa 0,75 euros al mes. «Para un cliente individual, pleitear por una diferencia de 0,75 euros es algo que, por lo antieconómico, ni se plantea, siendo que todos esos consumidores se ven atados a una permanencia en unas condiciones que ya no son las pactadas».

«Podemos, en realidad tener a millones de personas afectadas por esa práctica abusiva que, para la empresa, supone unos ingresos extras mensuales de varios millones de euros; cosa que no solo afecta a los consumidores, sino que distorsiona el mercado, pues aquellas empresas que juegan sucio obtienen una ventaja competitiva desleal frente a aquellas empresas competidoras que se desenvuelven en el mercado con unas políticas y estándares más respetuosos con los consumidores», señalan desde AGM Abogados.

Por ello, «el único mecanismo eficiente para la anulación de dicha conducta y para el adecuado resarcimiento a todos y cada uno de los consumidores afectados es el de una acción realizada en representación de todos esos consumidores. De hecho, la mera existencia de un mecanismo procesal eficiente para poner coto a tales prácticas abusivas, puede ser un elemento disuasorio que puede servir para evitar la ‘mise en oeuvre’ de muchas de estas prácticas», según los expertos. Es decir, para sacar que dejen de utilizar argucias legales a su antojo.

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