El aviso del Banco de España que tendrán que cumplir las entidades financieras
Tal como se dictó en 2019, hay una obligación con la que los bancos no están cumpliendo: facilitar lo máximo posible el traslado de una cuenta bancaria de una entidad financiera a otra.
Remontándonos atrás, hace unos años, si queríamos cambiar de banco, teníamos primero que revisar los ingresos y pagos que manteníamos en la misma, para después dirigirnos uno a uno a los distintos pagadores y cobradores para comunicar la nueva cuenta. Aquí no solo se incluían empresas, sino también entidades como la Seguridad Social o el SEPE, encargados de ingresar pensiones o prestaciones como el paro, respectivamente.
Luego había que redirigir los gastos de la casa: el recibo de la luz, el agua, el IBI, los seguros, las suscripciones… En resumidas cuentas, era una tarea tediosa y que requería tiempo, por lo que muchos usuarios acaban optando por permanecer en la misma sin ningún cambio aunque no les saliera a cuenta. El quid de la cuestión es que, a partir de 2019, entró en vigor una norma que trasladaba esta obligación a los bancos.
A día de hoy, los clientes interesados en cambiar de cuenta solo deben realizar dos acciones: buscar dónde les interesa abrirla, para ahorrar comisiones, y rellenar una solicitud en el banco de destino, encargado de efectuar el traslado. A partir de aquí, las tareas restantes competen a las entidades financieras:
- Banco de destino (al que se desea cambiar): debe entregar el formulario y ocuparse de centralizar los pagos e ingresos en la nueva cuenta a partir de la fecha designada. Sobre esta, decir que el cambio podrá efectuarse, como pronto, 31 días hábiles posteriores a la entrega de este documento.
- Antiguo banco (el que se pretende dejar): debe cancelar las órdenes permanentes que se mantengan, así como transferir el saldo a la cuenta nueva si se ha pedido formalmente en el formulario.
¿Cuál es el problema? Que este procedimiento no se está llevando a la práctica. Los resultados de un estudio práctico fueron “penosos”, empezando porque muchos empleados bancarios no sabían ni de qué hablábamos y terminando porque ningún traslado funcionó.
Por este motivo, se pidió al Banco de España y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que investigaran “posibles prácticas desleales” que estuvieran impidiendo aplicar la normativa. Volviendo al presente, dos años después, el Banco de España le ha dado la razón a los autores del estudio, tras confirmar en una actuación supervisora los problemas denunciados. ¿Cómo se va a proceder? En este punto, se van a dirigir a las entidades para que cambien sus procedimientos, pues deben garantizar el cumplimiento de la norma.

