El Gobierno topa los intereses de demora en los créditos al consumo
El denominado Proyecto de Ley de administradores y compradores de créditos traspone una directiva aprobada en 2021 para homologar la actividad de compraventa de deuda originaria de la banca a escala europea. Entre otras medidas crea la reserva de actividad para los servicers, que tendrán que estar autorizados para operar y serán supervisados por el Banco de España.
El Gobierno ha aprovechado el texto para introducir cambios en la ley de Crédito al Consumo como topar los intereses de demora o para empoderar al cliente en caso de financiaciones indefinidas (el crédito revolving) para que, en caso de subida de su tipo, puedan rechazarla o cancelar su contrato.
En el caso de la venta de carteras introduce medidas que obligarán a la banca a renegociar el préstamo con el cliente. Si se trata de una hipoteca, el texto enviado al Consejo de Estado tras someterlo a consulta del sector establecía que las entidades deberán aplicar los protocolos de reestructuración de deudas fijados en el Código de Buenas Prácticas y que contempla tanto exoneraciones de intereses o ajustes como fijar quitas o daciones.
Si el cliente es vulnerable -tiene que cobrar el Ingreso Mínimo Vital, IMV-, dicho texto establecía que el banco tendrá que presentarle un plan de pagos que congele el devengo de nuevos intereses y gastos asociados al préstamo.
Dicho plan fijará un repago de la deuda acorde a las circunstancias del cliente, sin que en ningún caso supere el 5% del IMV. La norma exige además quitas en intereses, gastos y deuda pendiente siempre que cumplan con el repago acordado o, en caso contrario, el banco podrá vender su deuda.

