Pese a que la conducción está habilitada en España desde los 18 años hasta sin límite de edad, no todo el mundo puede acceder a un carnet de tráfico. Poner toda la atención posible, así como los cinco sentidos en todo momento en carretera, es vital para limitar los siniestros fatales y por ello hay determinadas enfermedades que impiden el derecho al volante además conllevando una más que importante multa si un agente lo detecta.

En un constante de evitar la mayor posibilidad de accidentes en carretera, la Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda de vez en cuando algunas de sus disposiciones y normativas más básicas. Esas que pueden afectar a cualquier persona y que, en este caso relativo a las enfermedades, pueden acabar con la puesta del afectado al volante por el peligro que puede suponer al padecer ciertos síntomas.

Por ello que a la hora de sacarse o renovar un carnet, la DGT siempre obliga a realizarse un chequeo médico. Una prueba donde se detecten ciertas dolencias y que a la larga pueden evitar más de un susto en carretera. Pasar estos test siempre es obligatorio y su negativo conlleva, casi siempre, la retirada completa del carnet.

De esta forma, toda persona que conduzca habiéndosele detectado una enfermedad considerara peligrosa en carretera y por lo que ya se le haya retirado el carnet se enfrenta a una multa de hasta 6.000 euros. Una pena muy dura, con la que Tráfico trata de persuadir de que esta maniobra puede resultar muy seria tanto para el propio conductor como para otros actores de la vía. 

Por todo ello, en su portal web, la DGT informa de todas las enfermedades que generan la retirada del permiso de conducción bien si son detectadas en un reconocimiento médico oficial o bien llegan avaladas en un momento concreto por un médico. Estas se dividen según su sintomatología:

Enfermedades digestivas

 Trasplante renal. Se podrá renovar si han pasado más de seis meses desde la operación y no ha habido problemas derivados de ella.

 Nefropatía con diálisis. El informe favorable puede dar vigencia entre 1 y 10 años.

Enfermedades crónicas y degenerativas

Toda dolencia de este tipo muy avanzada impide la conducción y la vigencia del permiso de conducir. Las más comunes son:

– Alzheimer.

– Esclerosis lateral amiotrófica.

– Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.

– Temblor esencial.

– Esclerosis múltiple.

– Distrofia muscular.

– Osteoporosis.

– Parkinson.

– Artritis reumatoide.

Enfermedades neurológicas

– Accidente isquémico transitorio. Se podrá ampliar un año la licencia si hay un informe favorable y seis meses sin síntomas.

– Crisis o pérdida de conciencia. Imposibilidad de renovar si se ha dado en el último año.

– Epilepsia. Dependiendo de si es la primera vez que ocurre o si se lleva más de un año sin episodios, el informe favorable podrá dar vigencia al carnet entre 1 y 10 años.

Enfermedades respiratorias

– Apnea de sueño. Solo se podrá ampliar el carnet durante 3 años bajo esta dolencia, si hay un informe favorable del médico.

 Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve. No es posible renovar.

Enfermedades psiquiátricas

Los siguientes casos tienen restringida la validez del carnet, salvo que se diese en situaciones leves y con un informe médico favorable:

– Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.

 Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.

 Ansiedad y Depresión.

– Trastorno del sueño.

– Trastorno obsesivo compulsivo.

 Trastorno del desarrollo intelectual.

– TDH.

– Abuso y dependencia del alcohol.

 Abuso y dependencia de drogas.

Enfermedades oncológicas

 Dolencias oncológicas. Sin dolencias y/o tratamiento, se podrá renovar la licencia entre 1 y 5 años. De lo contrario, se estará incapacitado.

– Trastornos oncohematológicos. Sin alteraciones graves durante, al menos, tres meses, se podrá renovar en un año. De existir problemas, no se podrá obtener la licencia hasta pasados tres años desde la remisión completa.

Enfermedades vasculares

 Aneurisma de grandes vasos. Solo se podrá renovar entre 1 y 10 años si no hay riesgo de rotura de vasos.

 Disección. Renovación entre 1 y 2 años pasados seis meses desde la corrección quirúrgica.

Enfermedades cardiacas

 Arritmias. La pérdida de atención o el síncope en los últimos seis meses, inhabilitan para la conducción.

 Infarto agudo de miocardio. Deben pasar, al menos, tres meses desde el suceso para poder renovar la licencia.

– Portadores de prótesis valvulares. Mismo caso que con el infarto.

 Portadores de marcapasos. Hasta tres años de vigencia una vez haya pasado un mes desde la colocación y haya informe favorable.

 Portadores de desfibrilador automático. Mismo caso que con las prótesis y el infarto para la renovación. En casos de descargas apropiadas tendrán que pasar tres meses sin recurrencia y en casos de inapropiadas, el carnet será inhabilitado.

Enfermedades endocrinas

 Hipotiroidismo y paratiroides. Solo podrá renovarse el carnet entre 1 y 10 años con informe favorable.

 Diabetes mellitus insulinodependiente. Con informe favorable, la renovación será entre 1 y 5 años.