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Estas son las multas que nos pueden poner al circular en patinete eléctrico

Estas son las multas que nos pueden poner al circular en patinete eléctrico

Para empezar, se hace necesario establecer una distinción entre los diferentes tipos de patinetes eléctricos que existen actualmente. Estos son los de tipo A, tipo B y Tipo C, vehículos entre 6 y 25 km/h.

  • Tipo A. Estos serían aquellos patinetes que no alcanzan los 20 km/h. En la clasificación también entran aquellos clasificados como juguetes que no pueden exceder los 6 km.
  • Tipo B. Los más comunes. Son aquellos cuya velocidad no excede los 30km/h como los Segways o el Xiaomi Mi M365, el más popular.
  • Tipo C. Engloba otros vehículos más potentes que podrán requerir tener contratado un seguro y matriculación.

Para regular el uso de estos patinetes eléctricos como VPN, la DGT ha impuesto un sistema de multas para aquellos conductores que incumplan las normas de circulación antes mencionadas o, en su caso, que no hagan un uso correcto de las capacidades que presenta cada uno de este tipo de vehículos.

Con normas y multas específicas, entre las estipuladas también se agregaron otras de igual forma que ocurre con las motos y automóviles, como pueden ser el uso de auriculares mientras se circula, haber consumido alcohol o drogas, utilizar el teléfono móvil mientras conduces o, por ejemplo, no utilizar casco. Las consecuencias pueden ir desde los 100 hasta los 1.000 euros de multa o, en algunos casos, llegar a ser considerados como delitos. Es por ello que en este tiempo han sido muchas las infracciones, pero hay ciertas que se ven como las más frecuentes entre los conductores.

Más de una persona en el patinete

Probablemente, la infracción a la que más número de veces se han tenido que enfrentar los conductores de patinetes eléctricos, en especial porque es un tipo de incumplimiento que no todos conocían y que en muchos casos no eran conscientes. De hecho, tal y como cita el reglamento de la Dirección General de Tráfico, viajar con un pasajero es ilegal en cualquier situación al encontrarnos ante un vehículo unipersonal.

Por tanto, los patinetes eléctricos solo pueden ser utilizados por un único usuario. En el caso de que dos personas circulen con un VMP de estas características, este acto podrá llegar a sancionarse con 100 euros de multa.

La no utilización del casco

Y si ya es frecuente de por sí que los que circulen con uno de estos patinetes eléctricos viajen con un pasajero (y hasta dos) de manera ilegítima, suele ocurrir también que lo hagan sin seguridad. En este caso, el primer elemento y el más importante es llevar casco, de igual caso que si fuera una moto o ciclomotor. Pero del que no todos cumplen.

Su única estipulación es que no hay una normativa nacional al respecto, por lo que aquí es más fácil que la multa sea por desconocimiento. Y es debido a que no hay una regulación general establecida al respecto, sino que es más por parte del ayuntamiento el que tiene las competencias. En caso de que se haya decretado el uso obligatorio del casco y te pillen sin él, la multa será de 200 euros y se podría inmovilizar el vehículo.

Alcohol y drogas

Al igual que el resto de conductores, las personas que se desplazan en patinete eléctrico deben someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas, siempre que les sea requerido por un agente de la autoridad. Si se niegan a hacerse el test, serán denunciados por una infracción administrativa.

En el caso de que la prueba dé positivo, los usuarios de estos patinetes eléctricos deberán abonar las mismas multas que si condujera cualquier otro vehículo, es decir, dependiendo de su grado de alcohol en sangre la cuantía podrá alcanzar los 1.000 euros, igual cifra que pagará si tiene presencia de drogas en su organismo. También pueden inmovilizar el vehículo.

Uso del teléfono móvil

Como sucede con el coche y la moto, está prohibido el manejo del teléfono móvil u otros dispositivos móviles mientras se conduce. Ambas manos han de sujetar con firmeza el manillar y estar preparadas en todo momento para responder de forma adecuada ante cualquier imprevisto.

En caso de no cumplir con la normativa, la sanción puede ser de 200 euros. Con la nueva regulación de circulación en la ciudad, esta infracción ha aumentado 50 euros con respecto a la anterior normativa, la cual estaba unida en la misma que las de las bicicletas.

Circular con auriculares

Esta ha tomado una consideración más que importante en los últimos tiempos, puesto que cada vez son más los usuarios que tienen por costumbre conducir con auriculares, lo que, en muchos casos, haría por suponer un problema de seguridad, al igual que otro tipo de vehículos.

Así, de igual manera, éstos tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En caso de ser detectados se les denunciará por este precepto con 200 euros.

Circulación por aceras

Como vemos, este tipo de Vehículos de Movilidad Personal han pasado a un nivel de regulación mucho más estricto de lo que solían acontecer antes de esta normativa que ya está en vigor. Entre ellas, y quizás como una de las que más polémicas ha generado, se encuentra la de la circulación por acercas.

Y es que aquí, estos tienen prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto monopatines, patines o aparatos similares) con sanciones de 200 euros, esto en función de las ordenanzas municipales.

Chalecos reflectantes y luces de seguridad

Entre los cambios introducidos en relación a la norma se estipulan también los que tienen que ver con las prendas reflectantes. Esto, teniendo en cuenta que está demostrado que el uso de estos elementos reflectantes reduce la posibilidad de tener un accidente. Su uso es necesario, sobre todo, en momentos donde la iluminación es baja.

Junto a él, en la misma normativa se especifica el uso obligatorio de llevar sistemas de luces ya que los patinetes eléctricos están considerados como vehículos. Los de tipo B deben además llevar timbre, luces y elementos reflectantes homologados. Podrán producirse sanciones de hasta 200 euros.

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