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Estas son las reglas de la DGT que debes cumplir si vas en bicicleta por carretera

Estas son las reglas de la DGT que debes cumplir si vas en bicicleta por carretera

No existe un carnet de la DGT para bicicletas, pero hay unas reglas que todo ciclista debería conocer. Estas normas sirven para todos los usuarios de bicis, tanto si circulan por ciudad, como por el campo y la carretera. La DGT presta especial atención a estos usuarios de la vía y tiene una serie de normas para ellos. Los ciclistas son más vulnerables que los conductores de otros vehículos, por lo que, si vas en bicicleta, respetar estas normas es fundamental.

Prohibido utilizar el teléfono móvil y auriculares

Solo por sujetar el móvil con la mano, los conductores de vehículos convencionales pueden ser sancionados con seis puntos del carnet. Los ciclistas también tienen terminantemente prohibido utilizar el teléfono móvil.

En caso de usar el móvil mientras vas en bicicleta, la DGT puede multarte con 200 euros. La misma sanción se aplica por llevar auriculares, puesto que limitan la capacidad auditiva y pueden provocar distracciones.

Si vas en bicicleta, no bebas alcohol

Más allá de ser una norma, es cuestión de lógica. Si vas en bicicleta tampoco puedes beber alcohol. Aunque no tengas carnet de conducir, la tasa máxima de alcoholemia que la DGT aplica a los conductores es la misma que para los ciclistas.

Si un agente requiere a un usuario de bici hacer un test de alcoholemia y da positivo, la multa va desde los 500 euros hasta los 1.000 euros, según la tasa y la reincidencia.

Respetar las señales

Cualquier usuario de la vía debe respetar las señales de tráfico, tanto si va en coche, como si va en bicicleta por la carretera. Esto implica hacer caso de las marcas viales, las señales verticales y, por supuesto, los semáforos. Saltarse un semáforo en rojo conlleva una multa de entre 150 y 500 euros.

¿Circular en paralelo?

Lo que dice la DGT respecto a circular en bicicleta por la carretera es que hay que hacerlo por el arcén de la derecha, si es que existe. Solo se puede abandonar en descensos prolongados en condiciones seguras.

Al circular en grupo, la DGT señala que los ciclistas pueden circular en filas de dos en la carretera, es decir, en paralelo, pero siempre orillándose todo lo posible a la derecha de la vía. En tramos sin visibilidad, como curvas, y cuando formen aglomeraciones, es decir, en pelotón, los ciclistas deben colocarse en fila de uno y no circular en paralelo.

Prioridad de paso

Cuando los ciclistas circulan en grupo por una rotonda tienen prioridad, de la misma forma que en el resto de las intersecciones. Cuando un ciclista entra en una glorieta, el resto de usuarios de la vía debe respetar la prioridad del grupo hasta que pase el último del pelotón.

Al circular en bici por el carril bici, los ciclistas también tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor. Esta norma se aplica también cuando el carril bici transcurre por un paso de cebra y está debidamente señalizado; en ese caso, el ciclista no debe bajarse de la bici para cruzar por ahí. Eso sí, en el resto de situaciones debe respetar las mismas prioridades que el resto de usuarios, es decir, las que establezcan las normas y señales. Si no la hace, el ciclista puede ser multado con 200 euros.

No llevar pasajeros de más de 7 años en bicicleta

La DGT solo permite llevar pasajeros en bicicleta si se trata de niños de hasta siete años de edad. Para hacerlo, hay que utilizar un asiento adicional homologado y el ciclista debe ser mayor de edad. Llevar incorrectamente a un niño en la bici supone una sanción de 100 euros. La misma multa se aplica en caso de llevar a un pasajero con una edad superior a los siete años.

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