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La Ley de Derechos de los Animales contempla multas de 200.000€ por vender animales en Internet

La Ley de Derechos de los Animales contempla multas de 200.000€ por vender animales en Internet

El pasado lunes el Consejo de Ministros dio luz verde al Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales y entre las novedades que afectarían especialmente a prácticas como la venta de animales a través de webs de productos de segunda mano o redes sociales, imponiendo sanciones de hasta 200.000 euros.

De este modo, el Proyecto de Ley contempla que la cría de animales solo podrá llevarse a cabo por criadores registrados, prohibiendo de este modo la cría entre particulares o con fines distintos a la actividad comercial regulada.

Sin embargo la Fundación Franz Weber (FFW) e INTERcids han señalado que, a pesar de que el Gobierno aceptó su propuesta de prohibir la venta directa por Internet y otros medios telemáticos, se ha restringido el veto en tiendas a perros, gatos y hurones, manteniendo la venta de otras tantas especies susceptibles de abandono, como roedores e incluso reptiles, además del impacto sobre la biodiversidad local que tienen algunos de estos animales alóctonos.

Otras de las medidas contempladas que ya se aplican de manera parcial en comunidades autónomas son el veto al uso de fauna silvestre en circos, a pesar de que se reclamó una abolición total como la ya aplicada en Islas Baleares, la abolición del tiro al pichón, todavía legal en territorios como Castilla-La Mancha, o el veto de las peleas de gallos, únicamente permitidas en Andalucía e Islas Canarias.

Las aportaciones de FFW e INTERcids han permitido, entre otras, modificaciones que eran necesarias en diversas definiciones del texto legal. Otras de las mejoras admitidas ha sido eliminar la distinción que se hacía en borradores anteriores entre los gatos ferales, que ahora pasan a ser llamados generalmente “comunitarios”.

El Gobierno ha aceptado también la necesidad de establecer revisiones veterinarias obligatorias con una periodicidad concreta, que en el caso de animales dedicados a actividades profesionales deberá ser anual.

Respecto a los animales a los que se aplicará esta ley, recuerdan que se ha eliminado de su ámbito de aplicación a animales domésticos o domesticados, de manera que únicamente afectará a animales de compañía y silvestres en cautividad.

 

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