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Las ‘revolving’ saltan fuera de la banca: admitida la primera demanda colectiva contra Carrefour

Las ‘revolving’ saltan fuera de la banca: admitida la primera demanda colectiva contra Carrefour

La batalla jurídica por las ‘revolving’ salta del terreno bancario y afecta ya a uno de los mayores grupos de distribución que operan en España. El juzgado de lo mercantil número 14 de Madrid notificó hace unos días a Carrefour que ha admitido a trámite la demanda colectiva presentada contra varias de las cláusulas recogidas en los contratos de tarjetas de crédito que comercializa el gigante francés.

La demanda pide la anulación, en concreto, de cuatro condiciones al considerar que son abusivas y hay falta de transparencia y proporcionalidad en su aplicación. Estas disposiciones afectan a las penalizaciones en el caso de impagos por parte de los deudores, la resolución por el vencimiento anticipado del préstamo, la imputación de pagos para la satisfacción de la deuda y las formas de pago y el tipo de interés de la tarjeta.

La demanda abre un nuevo frente judicial por las tarjetas ‘revolving’ tras la sentencia del Supremo del pasado mes de marzo. El Alto Tribunal limitó el coste de estas tarjetas al considerar que se produce «usura» en casos donde los intereses superan en más del doble al índice que publica el Banco de España y reforzó la protección de los consumidores en la comercialización de estos instrumentos. Se trata de la segunda acción colectiva emprendida tras la demanda interpuesta contra CaixaBank, también admitida a trámite el pasado mes de junio.

El objetivo  es que estas cláusulas se declaren nulas y se retiren del mercado, no solo en las miles de tarjetas que comercializa Carrefour. «La entidad comercializó los créditos y préstamos sin informar adecuadamente del coste económico que supone la aplicación de dichas cláusulas en el sistema de amortización del préstamo y del método de funcionamiento del mismo», argumenta la demanda.

La demanda considera que Carrefour no facilitó a los clientes información suficiente sobre la naturaleza y repercusión económica de las cláusulas al no incluir un cuadro de amortización con detalles y simulaciones de funcionamiento. Esto, a su juicio, imposibilitó la comparación con otros productos y limitó la competencia.

La demanda no cuantificada la cantidad demanda a la empresa ya que esto dependerá en todo caso del número de afectados que se puedan sumar al proceso. Lo único que pide es que se proceda al recálculo de los préstamos emitiendo un nuevo cuadro de amortización de cada afectado y si eliminen las cláusulas afectadas de los contratos.

«Recalculados los cuadros de amortización, se tienen que imputar al mismo todas las cantidades abonadas hasta el momento por los consumidores y, para el caso de que dicha cantidad sea superior a la deuda contraída, la entidad tendrá que devolver al consumidor el exceso, actualizado con los correspondientes intereses legales», señala.

A pesar de no ser un banco, Carrefour es una de las empresas con mayor número de tarjetas emitidas a través de su sociedad financiera. El grupo se vale de su amplio dominio en el mercado de la distribución española, con unas ventas de 4.204 millones de euros en el primer semestre del año. Esta cifra es un 3,2% superior a la del mismo semestre del año anterior impulsada por los abastecimientos masivos realizados por los hogares durante los meses de confinamiento. España es su tercer mercado por tamaño, después de Francia y Brasil.

Sin embargo, el grupo de hipermercados y supermercados advertía en su último informe de resultados semestral de un deterioro de los créditos que concede a sus clientes mediante la financiera como consecuencia de la pandemia sanitaria, con España a la cabeza. «El incremento afecta principalmente a Brasil y España y, en menor medida, a Francia», avisa. La compañía tuvo que reajustar estas carteras ante la imposibilidad de iniciar procesos de recobro por la moratoria crediticia aprobada por el Gobierno durante el estado de alarma.

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