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Nuevas ayudas de 430 euros: Qué es el subsidio extraordinario de desempleo aprobado por el Gobierno

El Consejo de Ministros dio luz verde la pasada semana a la ayuda para personas desempleadas que han agotado su prestación durante la pandemia, también denominado “subsidio extraordinario de desempleo”. La cuantía de esta ayuda será el equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), 430 euros mensuales que se cobrarán durante tres meses y que se estima que puede llegar a 250.0000 personas.

Podrán ser beneficiarias del subsidio especial por desempleo aquellas personas que hayan extinguido por agotamiento, entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, la prestación por desempleo de nivel contributivo, el subsidio por desempleo (también el extraordinario) o las ayudas económicas vinculadas al Programa de renta activa de inserción (RAI) para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo. También aquellas personas en desempleo total e inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo y aquellas que carecen del derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial, las personas que no beneficiarias de renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayuda análoga concedida por cualquier Administración Pública.

Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o bien físicamente en la oficina y se podrán solicitar desde el pasado 6 de noviembre hasta el día 30 de noviembre. Asimismo, la Ministra de Trabajo Yolanda Díaz, afirmó que el servicio de empleo se pondría en contacto por correo con aquellos que cumplan los requisitos para cobrar la ayuda.

Este subsidio no será compatible con la percepción del Ingreso Mínimo Vital o cualquier renta mínima de las comunidades autónomas, la renta de inclusión, salario social o ayudas análogas de cualquier administración pública.

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