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Vacaciones y confinamiento, nuestros derechos

VACACIONES Y CONFINAMIENTO, NUESTROS DERECHOS

Los rebrotes, en algunas regiones de España, son una realidad. Tanto es así que algunas zonas están limitando actividades, existen restricciones, e incluso se baraja la posibilidad del confinamiento.

La duda que tienen muchos consumidores es ¿Qué pasa si confinan la localidad donde estamos de vacaciones? 

 

Derechos si confinan la localidad donde estamos de vacaciones.

  • Si estando de vacaciones en una ciudad, se declara el confinamiento, lo lógico es que nos den un plazo para regresar a nuestra residencia habitual.  ¿Qué ocurre si teníamos pagados el alojamiento, y no podemos disfrutarlo? En estos casos tenemos derecho a reclamar la devolución del precio de la parte de los servicios no disfrutados.
  • Si a causa del confinamiento obligaran a permanecer en cuarentena en el lugar donde estuvieras de vacaciones por prevención (por ejemplo un hotel declarado en cuarentena por tener varios huéspedes positivos), no tendrías que pagar los días que no tuviésemos contratando, en este caso es la administración la responsable de sufragar los gastos que se generen (alojamiento, manutención, asistencia médica, etc.).
  •  Pero, ¿y si aún no he salido de vacaciones y confinan la localidad o zona a la que pensaba ir?. En este caso ya no podremos ir, y al tratarse un caso de fuerza mayor, tendremos derecho a la devolución de las cantidades que hayamos abonado por adelantado para nuestro viaje (alojamiento, transporte, etc.). 

¿Si finalmente tengo que anular un servicio como consecuencia de declarar el confinamiento, como lo hago?

En el momento que se declare el estado de confinamiento y el establecimiento o profesional te informe que no puedes disfrutar de los servicios contratados, los consumidores contamos con un plazo de 14 días para solicitar a la empresa (hotel, agencia de viajes, transporte, etc.) la devolución de la cantidades abonadas en concepto de reserva o señal, recomendamos que esta solicitud se realice de forma fehaciente, con el fin de acreditar la petición. La empresa en un plazo máximo de 60 días deberá de contestar a la solicitud, ofreciéndote la devolución o un bono, este último no es obligatorio aceptarlo, de no ser aceptado por el consumidor, la empresa estará obligada a devolverle el dinero en un plazo no superior a 14 días.

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