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El «reembolso de impuestos» de la Agencia Tributaria y otros bulos (y fraudes) de la declaración de la renta

El «reembolso de impuestos» de la Agencia Tributaria y otros bulos (y fraudes) de la declaración de la renta

Con la llegada de la campaña de la declaración de la renta, como con otros acontecimientos, llegan también los bulos y los intentos de fraude. Es normal en estos días en los que uno empieza a darle vueltas al borrador de su renta, a hacer cálculos para ver si le saldrá a pagar o a cobrar y a contar los días, en el caso de que el resultado sea negativo, que tardará Hacienda en hacer ese ingreso inesperado, haya quienes traten de acceder a los datos personales de los contribuyentes con el fin de poder, después, acceder a sus cuentas bancarias, por ejemplo. También son estos momentos en los que más bulos surgen, en busca de desinformar y desconcertar a los usuarios.

En la víspera del inicio de la campaña, la compañía de ciberseguridad ESET advertía de una también paralela campaña, ésta de suplantación de la Agencia Tributaria a través de correos electrónicos para robar credenciales de los contribuyentes. Recién arrancada la campaña, la Policía también ha recordado que mientras los contribuyentes ya están «pensando» en la declaración de la renta, los estafadores también lo hacen. En este caso han alertado de un intento de estafa masivo enviado a través de SMS en los que los ciberdelincuentes suplantan la identidad de Hacienda y piden al ciudadano que ingrese en un enlace para cobrar supuestamente un «reembolso» de impuestos.

«Te califico para un reembolso de impuestos. Encuentre su formulario en el siguiente sitio web», dice el mensaje. Sin embargo, se trata de un intento de fraude por el método del ‘smishing’, que consiste en la suplantación de identidad de instituciones públicas, entidades bancarias y otros organismos en busca de datos personales o bancarios del ciudadano.

Los ciberdelincuentes se adaptan, según fuentes policiales, a las distintas fechas o campañas en las que participa la ciudadanía, como por ejemplo las compras de Black Friday, Navidad o la propia declaración de la renta. Envían mensajes SMS de forma masiva con el objetivo de engañar al máximo número de personas posible. En caso de recibir este tipo de comunicaciones o de ser víctima de estas estafas, la Policía Nacional recomienda denunciar los hechos, ya sea en una comisaría o a través del teléfono o Internet.

Declaración de la renta, época de bulos

Además de los intentos de estafa, también son habituales los bulos en tiempos de renta. Quizás el más común sea el de que siempre te sale a pagar si tienes dos pagadores, aunque no es el único. En laSexta.com hacemos un recopilatorio de los bulos y leyendas urbanas sobre la declaración de la renta más frecuentes en estos tiempos:

Los dos pagadores y el ‘hachazo’ de Hacienda

Aunque si se tienen dos pagadores se cambian los baremos, lo cierto es que bien gestionadas las nóminas o ingresos, no necesariamente recibe un contribuyente con dos pagadores ese ‘hachazo’ de Hacienda. Te lo explicamos: si tienes un único pagador, tienes que presentar la declaración de la renta a partir de los 22.000 euros anuales, pero si tienes más de uno, el límite es de 14.000 euros. ¿En qué casos se tiene más de un pagador en un mismo año fiscal? Por ejemplo, cuando alguien trabaja de manera temporal con diferentes trabajos puntuales o de temporada, cuando se cambia de trabajo en medio de ese año fiscal o cuando una parte del año se recibe una prestación por desempleo.

Recuerda que la declaración de la renta se basa en el cálculo total de los ingresos tras aplicar los tramos del IRPF, iguales para todo el mundo. Cuando se tienen diferentes contratos temporales la retención suele ser más baja (de cerca del 2%), por lo que de llegar a ese mínimo, Hacienda estima que se han pagado menos impuestos de los que se habrían de haber pagado. En el caso de que se cambie de trabajo, es probable que la retención en el ‘nuevo’ puesto también sea menor: aunque tu salario sea anual, tu nómina verá reflejado el IRPF correspondiente a ese año fiscal, por lo que si empiezas a trabajar, por ejemplo, en octubre, te calculará el IRPF en función de lo que vas a cobrar de octubre a diciembre, que será siempre menor a un salario anual total.

Sin embargo, en estos casos las gestorías suelen aplicar un IRPF más alto del que correspondería (y de no hacerlo, lo pueden hacer si el empleado lo solicita) para evitar ese problema cuando llega el momento de la declaración de la renta. Si esto no se hace, es decir, si se mantiene un IRPF más bajo durante esos meses, lo normal es que cuando confecciones la declaración de la renta tu resultado sea positivo y, por lo tanto, te salga a pagar.

Si haces la declaración un año, la tendrás que hacer siempre

Este es uno de los bulos relacionados con la declaración de la renta más extendidos, sobre todo entre los más jóvenes y los que tienen que presentar la declaración por primera vez. Pero tienes que saber que la declaración es obligatoria cada año fiscal en función de los requisitos previstos en la legislación tributaria y no dependen de haberla hecho otros años. Es decir, cada año es obligatorio hacer la declaración si alcanzas unos mínimos, no si la has presentado el último año. Por ejemplo, si en 2021 cobraste más de 22.000 euros en todo el año, sí tuviste que hacer la declaración en 2022; pero si en 2022 no tuviste trabajo y cobraste una prestación por desempleo inferior a esa cantidad, no estás obligado a presentarla en 2023.

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