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El TC tumba parte del decreto de las cláusulas suelo que exonera a los bancos de pagar costes judiciales

El TC tumba parte del decreto de las cláusulas suelo que exonera a los bancos de pagar costes judiciales

El pleno del Tribunal Constitucional ha hecho pública una resolución adelantada por ‘La Vanguardia’ que declara inconstitucional el punto del Real Decreto 1/2017 del gobierno de Mariano Rajoy que exonera a las entidades bancarias de la obligación de pagar los costes judiciales si una vez iniciado el proceso acepta las condiciones del cliente para recuperar la deuda pendiente por las cláusulas suelo. En todo caso, los magistrados avalan el grueso del decreto que establecía el sistema de devolución de las cláusulas suelo y que fue impugnado por Podemos.

El decreto establecía un mecanismo de devolución de las cláusulas suelo, que previamente habían sido declaradas ilegales y nulas por el Tribunal Supremo. Podemos aducía que el hecho de que el decreto estableciera sólo dos vías para recuperar el dinero –destinarlos a minorar el préstamo y no pagar el impuesto de renta por este dinero o bien cobrarlos y pagar el impuesto de la renta– condicionaba económicamente a los clientes porque «establece un incentivo fiscal que prácticamente lo obliga a invertir estas cantidades en reducir la cantidad principal del préstamo».

Además, el recurso se quejaba de que en la práctica los clientes recuperaban el dinero cuando y como quería el banco, porque la operación quedaba en manos de la entidad financiera, de manera que los bancos no sufren ninguna consecuencia por el hecho de haber introducido cláusulas abusivas, sino que además se benefician de una amortización anticipada del préstamo.

Además, Podemos recurrió la parte del decreto que establecía que los bancos quedan eximidos de los costes en caso de aceptar un acuerdo con el cliente una vez ya se había iniciado el proceso judical. Según Podemos, en la práctica el sistema fuerza a los deudores hipotecarios a buscar un acuerdo con el banco y les deja en una posición de desventaja con respecto a la entidad bancaria.

Los magistrados avalan el sistema establecido por el decreto porque concluyen que el gobierno de Mariano Rajoy sólo buscaba «arbitrar una vía sencilla y ordenada que facilite al consumidor la obtención de una respuesta rápida a sus reclamaciones» y que «se llegara a un acuerdo con la entidad de crédito para conseguir la restitución de las cantidades abonadas indebidamente» para evitar «un incremento de los litigios» a la jurisdicción civil. En todo caso, introducen cambios y dan la razón a Podemos con respecto al pago del coste de los procesos judiciales. Según los magistrados, este artículo del Real decreto «favorece de manera notoria a quien impuso unilateralmente una cláusula abusiva y perjudica a quien la sufrió».

El tribunal también da la razón a Podemos con respecto a la queja para que no se puedan acoger al proceso las personas jurídicas. Según los magistrados es una «vulneración directa del principio de igualdad» hacia las personas físicas que «no tiene ninguna razón debidamente justificada».

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