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Estas son las principales novedades de la garantía de los productos

Estas son las principales novedades de la garantía de los productos

La modificación de la actual normativa de consumo realizada a través del Real Decreto-ley 7/2021 otorga nuevos derechos y garantías a consumidores. Entró en vigor el primer día de 2022 y está enmarcada dentro de varios cambios introducidos para amoldarse a directivas de la Unión Europea en diversas materias. Más comprometida con los derechos de los consumidores al ampliar la garantía de los productos, es también una norma en favor del consumo sostenible ya que pretende, entre otras cosas, garantizar el buen funcionamiento de los artículos durante un mayor periodo de tiempo. A continuación, contamos las principales novedades que incorpora esta normativa.

La garantía es la protección al consumidor durante un tiempo frente al mal funcionamiento, por defecto de fabricación, de un producto. Todos los bienes muebles que se adquieren tienen garantía, como explican desde el área jurídica de la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU). Y, si el artículo está en mal estado, su usuario tiene la posibilidad de escoger entre varias opciones:

  • Reparación gratuita del producto.
  • Sustitución por otro de idénticas características.
  • Rebaja del precio, si no se puede reparar o el problema continúa tras el arreglo.
  • Poner fin al contrato y devolver el producto. Se reintegra lo pagado por el artículo en cuestión.

Las novedades en vigor desde este 2022 refuerzan aún más la protección del consumidor  y promueven —señala la ley— “patrones de consumo más sostenibles y una economía circular“. Se trata de un avance para los ciudadanos, aunque no ha estado exenta de polémica, debido a las quejas de algunos fabricantes. En todo caso, las principales novedades son las siguientes:

Ampliación del plazo de garantía

Hasta ahora, la garantía legal de un artículo era de dos años, periodo por el que se da por hecho que el fallo proviene de fábrica. Desde enero de 2022, y solo para los productos adquiridos desde el día 1 —no tiene carácter retroactivo—, el plazo se ha ampliado. En la actualidad, esta garantía es de tres años.

Incremento del plazo de la carga de la prueba para acreditar la falta de conformidad

Se amplía el periodo temporal durante el cual es el fabricante, y no el consumidor, quien debe demostrar que el fallo que tiene el producto no es responsabilidad suya. Queda establecido de este modo:

  • Norma general: pasa de seis meses a dos años el periodo en el que el fabricante debe demostrar que el fallo no es suyo. Es decir, durante dos años, si el producto presenta algún defecto o sus características no se corresponden a las contratadas o anunciadas, “se entiende que ese defecto es de fábrica, salvo que el vendedor demuestre lo contrario”. Así, se presupone durante dos años, y no solo seis meses, que la responsabilidad no es del cliente.
  • Artículos de segunda mano. En los productos de segunda mano se acuerda la garantía entre vendedor y comprador (nunca inferior a un año). Si la garantía pactada es de tres años, el plazo de inversión de la carga de la prueba será de dos años. Si se acuerda una garantía menor, este plazo puede ser menor a dos años, pero nunca inferior al periodo de garantía pactado: mínimo, un año.
  • Contenidos digitales. El periodo será de un año como mínimo. Pasado el plazo, el consumidor tendrá que demostrar que el defecto venía de fábrica.

 Tener piezas de repuesto más tiempo

Además de que es favorable al consumidor, esta normativa está comprometida con el medio ambiente, ya que promueve el consumo sostenible con la reutilización de los productos. Así, los fabricantes ahora tienen que contar con piezas de repuesto durante 10 años.

Es decir, se aumenta en cinco años el plazo mínimo durante el cual el fabricante está obligado a garantizar la existencia de piezas de repuesto una vez que el producto haya dejado de fabricarse.

Proporcionar un servicio técnico adecuado

Entre las posibilidades del consumidor cuando un bien no tenga la durabilidad que pactó con el vendedor (el contrato de compra) está la de elegir entre la reparación o la sustitución del mismo. De ahí que deban estar, obligatoriamente, preparados para poder atender esta petición y reparar el producto.

Además, mientras el aparato está en un servicio técnico debido a una reparación por fallo de fábrica, el tiempo de garantía legal se detendrá durante esos días y comenzará a contar de nuevo a partir de que este sea entregado otra vez a su propietario. Por ejemplo, si una batidora pasa 12 días reparándose por un fallo de fábrica, una vez salga del taller, el tiempo de garantía se ampliará en esos 12 días que no se ha usado.

Garantía en productos de segunda mano

La garantía para los productos de segunda mano se amplía también, como señala el propio Ministerio de Consumo en su web. Así, el comprador y el vendedor pueden acordar un periodo de garantía de hasta tres años. Sin embargo, también podrán establecer un periodo menor, “pero en ningún caso podrá ser inferior a un año“.

Por primera vez se regula sobre la garantía de contenidos y servicios digitales. De este modo, “los datos producidos y suministrados en formato digital”, como programas informáticos, aplicaciones, juegos, archivos de música o vídeos, deberán ofrecer al usuario una garantía de dos años.

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