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¿Puede obligarme el banco a usar el cajero y no la ventanilla?

¿Puede obligarme el banco a usar el cajero y no la ventanilla?

En algunos bancos se permite llevar a cabo algunas operaciones en las ventanillas, como el pago de recibos. Sin embargo, casi todos reducen el horario en que se puede acudir a la sucursal a hacerlo e, incluso, cobran algunas de estas operaciones si se realizan en ventanilla (pero son gratuitas y sin límite de horario en el cajero automático). ¿Pueden actuar así?

Si un banco quiere prestar el servicio de caja a través de los cajeros o de los canales online sin que sus clientes puedan usar la ventanilla, está en su derecho. ¿Por qué? Como señala el Banco de España, la forma en que las entidades de crédito atienden la solicitud de reintegros a través de su servicio de caja “se regula en el ámbito de la normativa interna de cada banco”. Por ello, puede exigir operar en el cajero, pero “siempre que la entidad tenga expresamente incluida la limitación en el contrato de la cuenta”.

Asimismo, si tu entidad cambia su política y decide restringir la operativa en ventanilla de repente, siempre te debe avisar, y deberá llevar a cabo esta comunicación con carácter individual a sus clientes con al menos dos meses de antelación.  

Así, si no viene reflejado en el contrato de la cuenta que se prestará el servicio de caja a través de cajeros y que el uso de la ventanilla para determinadas operaciones está limitada, el banco tiene la obligación de atender en ventanilla si así lo desea el cliente. En estos casos, si desde la entidad bancaria no quieren atender al consumidor a través de ventanilla, se puede interponer una reclamación dirigida al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la entidad.

 

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