Vivo de alquiler. ¿Puedo cambiar de compañía eléctrica?
¿Quién debe decidir?
Lo ideal es llegar a un consenso o, como mínimo, comentarle al arrendador tu decisión, pero te gustará saber que la ley te ampara porque los inquilinos al ser los que van a disfrutar y pagar la energía son los que tienen la última decisión sobre la tarifa y la compañía eléctrica.
Esta ley está recogida en el Real Decreto 1955/2000, decreto que regula los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
En definitiva, puedes elegir libremente la compañía de luz que más te conviene y no debes ceñirte a la que tenía contratada previamente el arrendador.
¿Por qué hacerte titular del suministro?
Es cierto que puedes llegar a un acuerdo y que el dueño de la vivienda siga siendo el titular, mientras te permita elegir compañía y, además, facilites tu email para poder estar al tanto de la factura y recibir todos los correos de la compañía. De todos modos, lo ideal es que también pases a ser el titular.
Ventajas de tomar las riendas de tu suministro eléctrico:
- Elegir la tarifa eléctrica que más se ajuste a tu ritmo de vida.
- Posibilidad de elegir una eléctrica de energía renovable.
- Realizar trámites sin necesidad de terceros.
- Control total y estudio de la evolución de tus facturas.
- Posibilidad de realizar directamente los cambios necesarios en el área cliente.