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Vueling, multada con 90.000 euros, por incumplir normas de accesibilidad en su web

Vueling, multada con 90.000 euros, por incumplir normas de accesibilidad en su web

 

La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la multa de 90.000 euros y la prohibición de concurrir a procedimientos de concesión de ayudas oficiales por seis meses impuestas a Vueling por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales debido al incumplimiento en su página web de las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad.

Fuentes de Vueling han explicado que esta sentencia hace referencia a un procedimiento sancionador de 2020 y ya han mejorado la web.

La compañía añade que, «en línea con este compromiso», sigue trabajando de forma constante en nuevos desarrollos y mejoras adicionales para su web y aplicación móvil.

La aerolínea, en su recurso ante la AN que ha sido rechazado, alegaba que no se había desarrollado ninguna conducta subsumible en la norma presuntamente infringida, salvo que se hiciera una interpretación «extensiva e irracional», y que un informe del Centro Nacional de Tecnologías de Accesibilidad destacaba los aspectos positivos de su web.

Al respecto, el tribunal afirma que el informe del Centac sobre la web indica: «Si examinamos los datos que aparecen a continuación, encontramos que de los 38 requisitos que es preciso cumplir según esta norma, se cumplen totalmente 4. Tenemos que 26 requisitos, el 68,42 %, no se cumplen. Además, 8 requisitos, el 21,05 %, no son aplicables”.

Por último, la Sala se pronuncia sobre la proporcionalidad de la sanción y explica que la resolución contiene una motivación expresa de los criterios adoptados para su cuantificación, teniendo en cuenta el alto grado de incumplimiento de los requisitos de accesibilidad, que se mantiene prácticamente igual que en 2016 -cuando fue inspeccionado y sancionada- pese a que entonces Vueling alegó buena fe y su disposición a cumplir la normativa.

Con todo ello, los jueces consideran que la Administración ha valorado que, a pesar del tiempo transcurrido desde la anterior evaluación de la web y de la sanción impuesta, los avances han sido mínimos, continuando la infracción con permanencia en el tiempo, sin que se haya adoptado una medida para corregir las deficiencias. Igualmente, añade, se ha considerado el número de potenciales clientes con discapacidad que pudieran verse afectados, lo que motiva que la sanción se haya impuesto en su grado máximo.

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